Mejora las condiciones de acceso para erigirse como consumidor electrointensivo
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El pasado 19 de abril, el Boletín Oficial del Estado publicó una resolución del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo que mejora las condiciones de acceso para que una empresa pueda ser calificada como consumidor electrointensivo. Para obtener la condición de consumidor electrointensivo, se deben cumplir los siguientes requisitos:
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El consumo energético anual de la empresa deberá haber sido superior a 1 GWh durante dos de los tres años anteriores
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El consumo en las horas correspondientes al periodo tarifario valle debe ser de al menos el 50% de la energía total consumida.
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El cociente entre el consumo eléctrico y el valor añadido bruto de la empresa ha de ser como mínimo el 0,8 kWh/€.
Es en este último requisito en el que ha intervenido el Ministerio de Industria, mediante la resolución de 7 de abril de 2022, mejorando el anterior, que era de 1,5 kWh/€, y facilitando de esta manera a muchas más empresas el poder optar a la categoría de consumidor electrointensivo. Esta revisión del parámetro permitirá a un mayor número de instalaciones industriales acceder a los beneficios previstos para los consumidores electrointensivos.
Certificado de Consumidor Electrointensivo
El nuevo valor de este parámetro es aplicable desde el día siguiente de la publicación de la resolución y, desde ese momento, las empresas que cumplan los criterios y anteriormente no hubieran podido hacerlo, pueden solicitar su Certificado de Consumidor Electrointensivo a través de la aplicación electrónica correspondiente del Ministerio de Industria. El plazo para presentación de las solicitudes es hasta el 17 de junio de 2022 inclusive.
Beneficios
Por un lado, las empresas registradas podrán acceder al mecanismo de compensación a los consumidores electrointensivos de los cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares, cuya orden de convocatoria de ayudas se publicará en las próximas semanas con un plazo de presentación que cubrirá previsiblemente la segunda quincena de junio y primera quincena de julio.
También podrán acceder al mecanismo de cobertura de riesgos derivados de la adquisición a medio y largo plazo de energía eléctrica por consumidores electrointensivos, una línea de garantías o avales para la cobertura de riesgos por cuenta del Estado derivados de los contratos a plazo de electricidad de los consumidores electrointensivos gestionada por la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE).
Además, las industrias a las que se conceda la certificación de consumidores electrointensivos podrán acceder también a la reducción del 80% del coste correspondiente a los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad, desde la fecha de obtención de la certificación.
Condiciones para recibir las ayudas
Los beneficiarios de estas ayudas de compensación a los consumidores electrointensivos deberán cumplir con las siguientes condiciones:
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Disponer, antes del 18 de diciembre de 2022, de un sistema de Gestión de la Energía auditado y certificado según la norma UNE-EN ISO 50001:2018.
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A los consumidores electrointensivos que les sea de aplicación el capítulo II del Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, deberán realizar al menos cada cuatro años y para cada uno de los emplazamientos incluidos en el sistema de gestión, las actuaciones para la mejora del desempeño energético que puedan ser consideradas económicamente rentables, entendiendo como tales aquellas actuaciones cuyo periodo de recuperación simple de la inversión no sea superior a tres años.
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Durante al menos los tres años siguientes a la recepción de la ayuda, remitir un informe detallado sobre las medidas implantadas, el detalle de los consumos de electricidad y de los distintos tipos de combustibles, así como la producción relevante y las ratios de consumo eléctrico y térmico por unidad de producto y los ahorros conseguidos.
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Acreditar la contratación de, al menos, un 10 por ciento de su consumo anual de electricidad de origen renovable con una duración mínima de cinco años. Quedan exentas de esta obligación las PYME.
Desde DEPLAN ofrecen su experiencia y el personal acreditado necesario para el asesoramiento en la presentación de las solicitudes del Certificado de Consumidor Electrointensivo, para la implantación de Sistemas de Gestión Energética según ISO50001:2018 y el cumplimiento de las demás condiciones necesarias para poder optar a las ayudas correspondientes.