Iniciativas del sector recuperador ante el Real Decreto de envases y residuos de envases
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Pasados los 100 días de gracia que, como a los nuevos gobiernos, hemos concedido al nuevo Real Decreto 1055/2002 de envases y residuos de envases, ha llegado la hora de analizar sus fortalezas y debilidades, así como de reseñar cómo ha afrontado el sector recuperador la llegada de una normativa que, sin duda, marcará un antes y un después sobre cómo se organiza la gestión de estos materiales básicos para la cesta de la compra, la operativa logística de la empresas o la fabricación de bienes de consumo.
La Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (FER) estuvo presente en el desarrollo de la norma desde sus primeros borradores. Del resultado final destaca, como ya lo hicimos en los comentarios y alegaciones planteados en su etapa de participación pública, todas las medidas que incluye sobre ecodiseño, mejora de la reciclabilidad de los envases y la incorporación de materias primas procedentes del reciclado en los procesos de fabricación de nuevos envases, cuestión que no es baladí y que consideramos clave y necesaria para consolidar la economía circular desde el inicio de la cadena.
La norma fija muchas exigencias a los productores y envasadores para que diseñen los envases pensando en el reciclaje, tal y como veníamos reclamando desde hace años, e incorporen en esta fase y en la de fabricación materias primas recicladas. Este aspecto es crucial para poder dar una salida a aquellas materias primas que no son fácilmente reciclables o para las que no existe un mercado una vez recicladas.
Sin embargo, desde la Federación también consideramos que el real decreto se centra exclusivamente en la organización de la responsabilidad ampliada del productor y la reutilización. Desgraciadamente, solo se fija en la gestión de los residuos de envases para aumentar las cargas burocráticas de los gestores, que como detallaremos a continuación son, en algunos casos concretos, desproporcionadas.
Por un lado, ha extendido la responsabilidad ampliada del productor a los envases comerciales e industriales. Esto significa que además de a los envases domésticos, ahora esa obligación también se aplica a los envases comerciales e industriales, lo que incumbe a los gestores, dado que somos quienes gestionamos estos residuos.
Hemos creado un grupo de trabajo junto a ANARPLA, el Gremi de la Recuperación y REPACAR, para trabajar conjuntamente en todas las acciones que afectan a los gestores.
Además, el Real Decreto define las obligaciones, los roles y responsabilidades de todos los agentes de la cadena de valor del reciclaje y, en especial, de estos sistemas. Si nos fijamos en su artículo 21 “Obligaciones generales de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor de envases”, en varios de sus puntos se describe la información que los gestores tienen que suministrar a los sistemas de responsabilidad ampliada del productor y se establece la exigencia de que los datos estén certificados por cada gestor. Desde FER defendemos que los gestores deberían entregar estos datos a la Administración y no a una entidad privada. Asimismo, el nivel de detalle y desglose que se exige será muy difícil y costoso de cumplir, máxime teniendo en cuenta que los gestores trabajamos con códigos LER y no con tipos de envases. La consecuencia directa, muy a nuestro pesar y al de las miles de empresas del sector, será la multiplicación de las cargas burocráticas para el gestor.
A pesar de ello, si seguimos el dicho de que lo “hecho, hecho está”, desde FER hemos tomado la iniciativa. En primer lugar, hemos creado un grupo de trabajo junto a ANARPLA, el Gremi de la Recuperación y REPACAR, para trabajar conjuntamente en todas las acciones que afectan a los gestores. También hemos solicitado un informe jurídico para la preparación de un modelo de convenio/contrato a suscribir con los poseedores finales de envases industriales o comerciales y para estudiar si hay algún caso en el que se pueda tener la consideración de envasadores.
FER mantiene contacto con los nuevos SCRAP con el objetivo de que se desarrollen teniendo en cuenta el punto de vista de los gestores y que estén basadas en el respeto de los principios de libre competencia y libertad de mercado.
En relación a las múltiples iniciativas de diferentes SCRAP que se están conformando, FER mantiene contactos con todas y cada una de ellas con el objetivo de que se desarrollen teniendo en cuenta el punto de vista de los gestores y que estén basadas en el respeto de los principios de libre competencia y libertad de mercado.
Continuando con las debilidades de la normativa, sobre la exigencia de certificado que marca el real decreto, en su día ya advertimos de que supondrá una carga administrativa innecesaria que, además, pone en tela de juicio la utilidad de los archivos cronológicos que mantienen los gestores y la memorias anuales que presentan anualmente. Para más inri, la exigencia de este certificado tampoco puede sustentarse en la protección del medio ambiente, puesto que el residuo está en manos de gestores autorizados fuertemente regulados. Adicionalmente, y dependiendo del punto de la cadena de gestión, en muchos casos, resultará imposible conocer el origen del envase e individualizar la información para el mismo.
Por otro lado, en relación a las obligaciones establecidas por la normativa, creemos que se han quedado aspectos sumamente importantes en el tintero. Por ejemplo, no se incluye explícitamente la posibilidad de entrega a gestor autorizado, trabajen o no con los sistemas de responsabilidad ampliada del productor. Es decir, el real decreto obvia que muchos de los flujos de gestión de residuos de envases comerciales e industriales están ya muy consolidados y tienen una eficaz relación entre el productor del residuo y el gestor. Si no se respeta esta premisa de entrega al gestor autorizado, con o sin acuerdo con un sistema de responsabilidad ampliado del productor, la consecuencia directa será el establecimiento de un mercado cautivo y mayores restricciones para que los gestores de residuos puedan ejercer su actividad.
El articulado del Real Decreto de envases deja serias dudas sobre su aplicación real, al dejar muchas interrogantes sobre si se logrará cerrar el ciclo de vida de este material.
Por último, el Real Decreto establece que la contribución financiera abonada por el productor no excederá de los costes necesarios para que la prestación de servicios de gestión de residuos tenga una buena relación coste-eficiencia (económica, social y medioambiental), y deberán determinarse de manera transparente entre los agentes afectados, teniendo en cuenta los costes en los que hayan incurrido las entidades públicas y privadas que realizan la gestión de los residuos de envases. En el caso de los sistemas colectivos, al final de cada año, éstos habilitarán los mecanismos de compensación necesarios para devolver el exceso de ingresos percibidos cuando las cantidades realmente sufragadas para el cumplimiento de sus obligaciones sean menores a esos ingresos, o justificarán convenientemente a los productores adheridos la necesidad de utilizar estos recursos en el año siguiente al del periodo de cumplimiento en base a las previsiones de ingresos y gastos para el próximo ejercicio.
Esta compensación no nos parece correcta, en tanto en cuanto el exceso de ingresos puede utilizarse en detrimento del gestor y favorecer un reciclaje low cost por el tratamiento de los residuos. En FER creemos que, en el caso de existir un exceso de ingresos percibidos, éstos deberían invertirse en la mejora del ciclo del tratamiento, ya sea en la etapa del ecodiseño, en la de recogida, en I+D o en el fomento del uso de materiales resultantes.
En conclusión, en líneas generales este Real Decreto mejora, sin duda, aspectos sustanciales del ciclo de vida del envase de cara a formar parte del nuevo modelo de economía circular (ecodiseño, reciclabilidad, incorporación de materias primas secundarias…), pero, analizando con detalle su articulado, deja serias dudas sobre su aplicación real, al dejar muchas interrogantes sobre si se logrará cerrar el ciclo de vida de este material. Sin olvidar que en lo que a la gestión de estos residuos se refiere, solo supone nuevas cargas administrativas para las instalaciones de tratamiento, por lo que, como ya advirtió la Comisión Europea el pasado mes de septiembre, la ambición de la normativa es cuestionable.