La evaluación del estado de las aguas condiciona la gestión hídrica nacional y europea
- 2773 lecturas
- 2773 lecturas
La evaluación del estado de las aguas es un elemento esencial en la aplicación de la legislación de aguas nacional y europea. ADECAGUA, junto con el MAGRAMA, organiza una imprescindible Jornada el próximo 1 de Diciembre, que permitirá el conocimiento en profundidad del alcance de la recién aprobada normativa con rango de real decreto, R.D. 817/2015, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normativas de calidad ambiental, que establece criterios básicos y homogéneos para el diseño y la implantación de los programas de seguimiento del estado de las masas de aguas superficiales, de transición y costeras, así como conocer las nuevas exigencias derivadas de la reciente aprobación de la Directiva 2013/39/UE con respecto a las sustancias prioritarias.
Proteger y alcanzar el buen estado condiciona el programa de medidas de una demarcación hidrográfica, y determina el nivel de exigencia ejercido por la administración hidráulica en las condiciones impuestas a los titulares de las concesiones y autorizaciones sobre el uso del dominio público hidráulico o de las autorizaciones de vertido de aguas superficiales. Concretamente, requiere integrar en su gestión tanto los elementos químicos como los ecológicos, de modo que el programa de medidas se diseñe y desarrolle atendiendo a la consecución del buen estado ecológico y químico, aspectos que hasta ahora se regulaban a través de instrumentos distintos.
En este sentido, el seguimiento y evaluación del estado, así como la protección de las aguas frente a la presencia de sustancias prioritarias constituye una materia compleja y extensa que, en aras de la simplicidad legislativa, ha quedado integrada en la normativa con rango de real decreto, R.D. 817/2015 por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normativas de calidad ambiental.
Asimismo, este Real Decreto complementa la trasposición al Derecho español de varios artículos de la Directiva Marco del Agua, dando cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia del 24 de octubre del 2013 que declaraba que el Reino de España había incumplido sus obligaciones relativas a la trasposición de la DMA.
Durante el evento se darán a conocer los detalles que aplican en cada caso concreto en el caso de España por parte de numerosos expertos implicados en la aplicación de la normativa. El programa completo, que incluye información detallada sobre la jornada, se dará a conocer próximamente.
Más información sobre el acto: info@adecagua.es