La transición ecológica en la Nueva Agenda del Consumidor de la UE

La nueva agenda subtitulada “Reforzar la resiliencia del consumidor para una recuperación sostenible”, pretende sentar las bases para garantizar una protección eficaz de los intereses de los consumidores en el marco de la transic
La transición ecológica en la Nueva Agenda del Consumidor de la UE
La transición ecológica en la Nueva Agenda del Consumidor de la UE
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20-11-2020
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Por Alexandra Farbiarz Mas, Terraqui


De conformidad con el artículo 12 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, al definirse y ejecutarse las políticas y acciones de la Unión Europea (UE), deben tenerse en cuenta las exigencias de la protección de los consumidores. También el artículo 38 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE refuerza la protección de los consumidores al disponer que las políticas de la Unión deben garantizar un elevado nivel de protección de los consumidores.

La nueva Agenda del Consumidor llega en plena pandemia y, por lo tanto, se tiene en consideración para su formulación debido que durante la misma se ha observado que “la protección del consumidor resultó esencial para garantizar los reembolsos por las cancelaciones de servicios, así como para luchar contra la propagación de la desinformación y los comerciantes deshonestos que venden equipos médicos falsos o no conformes a precios excesivos”, tal como explica el documento del Parlamento Europeo “La política de los consumidores: principios e instrumentos”. Además, la pandemia ha cambiado ciertos hábitos de consumo, algunos de los cuales serán temporales y otros no.

Algunos de estos cambios son preocupantes como el aumento de residuos de envases de un solo uso.

Por otro lado, en abril de 2020 se publicó el documento “ Legislación sobre consumo sostenible y protección del legislador”, a petición de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor (IMCO) en que se instaba a:

  • Perfeccionar la jerarquía de la gestión de los residuos para asegurarse de que está verdaderamente en consonancia con el nuevo Plan de Acción de Economía Circular de la UE, centrado en el consumo sostenible, la reparación, la reutilización, el reciclado, etc.

  • Reformular la definición de «residuos» para que la legislación sobre residuos sea más compatible con los objetivos de una economía circular y un consumo sostenible. El resultado final sería que los productos al final de su ciclo de vida que ahora se consideran residuos, se considerasen más a menudo como recursos.

  • Ampliar y fortalecer la responsabilidad ampliada del productor. Es necesario seguir investigando para evaluar si la modulación de la contribución financiera a los OPI (PROs en anglès) ofrece suficientes incentivos a los productores para que rediseñen sus productos.

La nueva agenda cubre 5 áreas principales:

  1. La transición ecológica.

  2. La transformación digital.

  3. La tutela y el respeto de los derechos de los consumidores.

  4. Las necesidades específicas de determinados grupos de consumidores

  5. La cooperación internacional.

Nos centraremos en este post en el ámbito prioritario de la transición ecológica, identificando aquellos aspectos relacionados con la protección del consumidor, cuya actividad genera el 54% del PIB de la UE:

  • Según el estudio “Comportamiento sobre la participación de los consumidores en la economía circular”: “Todos los métodos de investigación determinaron que los consumidores asociaban más la durabilidad con la calidad del producto y la capacidad de reparación con la disponibilidad de piezas de repuesto. A lo largo del estudio se encontró que la reparabilidad era menos importante para los consumidores que la durabilidad. Según el estudio, esto se debe a que los consumidores confían en las garantías de los fabricantes y no esperan que los productos duraderos se rompan.”.

Uno de los aspectos importantes tanto de la durabilidad como de la reparabilidad es que contribuyen a disminuir la huella ambiental, objetivo prioritario del Pacto Verde Europeo.

  • El Plan de acción para la economía circular establece iniciativas específicas para luchar contra la obsolescencia temprana y promover la durabilidad, el reciclado, la reparabilidad y la accesibilidad de los productos, tal como también establece la Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios . A dichos efectos será necesaria la promoción de nuevos conceptos y hábitos de consumo como la economía colaborativa, negocios modelos de negocio que permitan a los consumidores comprar servicios en vez de bienes (servitización), o el fomento de las reparaciones a través de acciones de organizaciones comunitarias y de economía social y de mercados de segunda mano.

  • También será necesario potenciar la disponibilidad de piezas de recambio y servicios de reparación, lo que puede aumentar aún más durabilidad de los productos. En este sentido, las iniciativas sectoriales serán importantes para otorgar a los consumidores un derecho de reparación. Todo ello deberá tenerse en cuenta en la revisión de la Directiva sobre la compraventa de bienes.

Este planteamiento facilitará a los consumidores disponer de más información fiable y de mayor calidad sobre los aspectos relacionados con la sostenibilidad de los bienes y servicios, lo que, a la vez, evitará la sobrecarga de información.

Es evidente que esta nueva propuesta de la “Nueva Agenda del Consumidor” necesita de numerosos actores y de sus voluntades para poderse llevar a cabo. Es una Agenda de corresponsabilización entre consumidores, empresas, entidades y administraciones.

Habrá que ver, por poner un ejemplo, aunque haya dejado de utilizarse el término obsolescencia programada por el de obsolescencia temprana, como las empresas que trabajan con componentes electrónicos adoptan las ambiciones de esta nueva Agenda del Consumidor. O cómo se hará comprensible para el ciudadano este complejo entramado de iniciativas y normativas.

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