Aprobado el Proyecto de Ley de Evaluación Ambiental
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El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), ha aprobado remitir a las Cortes el Proyecto de Ley de Evaluación Ambiental, que unifica en un solo cuerpo legal las leyes de evaluación ambiental estratégica y de evaluación de impacto ambiental.
Con la nueva ley, el Gobierno mejora los procedimientos de evaluación ambiental al evitar dilaciones de difícil justificación desde el punto de vista ambiental. Esta ley garantiza la protección del medio ambiente minimizando los impactos ambientales de los planes, programas y proyectos que se llevan a cabo en todo el país y que pueden afectar al medio ambiente.
Además, se da un nuevo impulso el desarrollo sostenible, ya que se prevé generar unos 80.000 empleos y supondrá un impacto sobre la actividad económica de 1.000 millones de euros aproximadamente.
EVALUACIÓN EN LOS PROYECTOS DE “FRACKING”
Con esta ley, asimismo, se concentrarán los esfuerzos en los proyectos en los que se prevean impactos más significativos, configurando una evaluación más ágil y menos costosa en los proyectos de menor incidencia ambiental. Ejemplo de ello es que se someterán a evaluación de impacto ambiental los proyectos que requieran la utilización de técnicas de fracturación hidráulica o “fracking”.
Al exigir un elevado nivel de calidad de los documentos y estudios ambientales sobre los que los órganos ambientales tienen que pronunciarse, se refuerza su carácter preventivo para una mejor identificación, mitigación y compensación de los impactos sobre el medio ambiente.
SIMPLIFICAR Y AGILIZAR LOS PROCEDIMIENTOS
Con este proyecto de ley se simplifican los procedimientos de evaluación ambiental estratégica y de evaluación de impacto ambiental, al emplear un esquema similar para ambos (procedimiento ordinario y simplificado) y homogeneizar su terminología.
Las cifras de expedientes en tramitación de evaluación ambiental pendientes de resolución son llamativas. Se calcula que existen aproximadamente unos 10.000 expedientes en tramitación en toda España, cuya duración media en la Administración General del Estado es de 3,4 años.
Por ello, y para dotar a la evaluación ambiental de mayor agilidad, se determinan con mayor precisión los trámites de los procedimientos administrativos y se ajustan los tiempos de tramitación, especialmente en la evaluación de impacto ambiental ordinaria, cuyo plazo será de 4 meses, evitando dilaciones de difícil justificación desde el punto de vista ambiental.
Asimismo, el proyecto de ley trata de favorecer el uso de las nuevas tecnologías en los procedimientos de evaluación ambiental, con la obligación de que los órganos sustantivo y ambiental publiquen en sus sedes electrónicas algunos de los documentos que se generan a lo largo de las tramitaciones.
HOMOGENEIZAR LA NORMATIVA
El proyecto de ley establece un modelo básico de evaluación ambiental para lograr la homogeneización de la normativa en esta materia en todo el territorio nacional.
En consideración a su complejidad técnica, se proporciona a las Comunidades Autónomas un plazo de un año para adaptarse a sus preceptos o para que procedan a hacer una remisión general a esta norma. Con esta finalidad, se configura la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente como foro para la propuesta y debate de las reformas legislativas necesarias para esta adaptación.
Otra de las novedades de la ley es la creación de bancos de conservación de la naturaleza, un instrumento de carácter voluntario que puede utilizarse para compensar o reparar la pérdida de biodiversidad que se produce como consecuencia de la ejecución de los proyectos con impactos ambientales o de la aparición de daños medioambientales derivados de las actividades económicas susceptibles de generar responsabilidad medioambiental.
Por primera vez, además, el proyecto de ley introduce la obligación de tener en consideración en la evaluación ambiental el cambio climático, para lo cual, deberán utilizarse las informaciones y las técnicas que estén disponibles en cada momento.
SANCIONES PARA EL BUNKERING
Finalmente, el proyecto de ley introduce una serie de modificaciones en el régimen sancionador regulado por la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, para garantizar que las actividades que generan riesgos para el medio ambiente en los espacios protegidos y en los espacios de la Red Natura 2000 se puedan sancionar.
Así, se tipifican expresamente infracciones como el “bunkering” mediante el fondeo permanente de buques-tanque (las llamadas gasolineras flotantes que fondean permanentemente), o los vertidos de materiales para rellenos no permitidos.