Situación de los gases fluorados en España tras la aprobación del nuevo Real Decreto

ASEGRE valora positivamente el Real Decreto sobre gases fluorados
20-02-2017
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El pasado Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto 115/2017 por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y el establecimiento de los requisitos para las instalaciones que desarrollen actividades que los emitan. Todo ello con la finalidad de evitar las emisiones a la atmósfera de los gases fluorados de efecto invernadero.

En líneas generales, en España ya está bastante avanzada la sustitución de los gases fluorados en frigoríficos y equipos de climatización. Sin embargo, desde ASEGRE valoran de forma positiva que se haya puesto en marcha este Real Decreto para que se aplique el Reglamento de la UE 517/2014 y que los gestores puedan recibir ya residuos y gestionarlos. De esta forma se evitarán los daños ambientales por la liberación de estos gases y se alivia la situación de todos esos gestores que ya habían realizado las inversiones necesarias en sus plantas para tratar este tipo de residuos y que se habían visto afectados por la parálisis legislativa del pasado año.

Este Real Decreto revisa y refuerza el Reglamento UE 842/2006, además de unificar y aclarar los requisitos de tratamiento para todos los gestores de este tipo de residuos. De cualquier forma, no debemos olvidar que el Reglamento de la UE 517/2014 ya era de obligado cumplimiento antes de la aprobación del RD. De esta legislación europea se puede destacar el artículo 3 (prohibición de emisión de gases fluorados a la atmosfera y plazos de reparación de fugas) y el artículo 9 (sistemas de responsabilidad de los productores a los efectos de gestión de los gases: recuperación, regeneración y destrucción).

Claves del nuevo RD

Este Real Decreto tiene dos objetivos. Por una parte, regula la comercialización de gases fluorados con efecto invernadero, así como la correcta manipulación profesional de equipos que los contengan. Por otro lado, regula los requisitos de control de las plantas industriales que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.

Con el nuevo RD se contribuye a evitar las emisiones a la atmósfera de los gases fluorados de efecto invernadero, que poseen un alto potencial de calentamiento, en el ejercicio de su uso, fabricación y gestión de residuos, y se asegura también la eliminación de las emisiones de los gases fluorados que afectan a la capa de ozono.

Además, se actualizan las disposiciones de la normativa vigente para incorporar aspectos como la constatación de la experiencia profesional a la hora de solicitar un certificado para la manipulación de gases fluorados y se regula la debida formación teórico-práctica, lo cual supone a la vez una renovación y una ampliación del acceso al mercado de trabajo.

Certificado de manipulación de gases fluorados también en desmontaje de equipos

El nuevo RD prevé que el certificado de manipulación de gases fluorados en equipos de refrigeración y equipos de protección contra incendios tenga a partir de ahora validez para las actividades de desmontaje de los equipos.

Asimismo, se establece que los programas formativos, necesarios para la certificación, deben incluir formación en nuevas tecnologías que utilizan gases con bajo o nulo potencial de calentamiento atmosférico, algo que resulta imprescindible para que estas tecnologías se introduzcan en nuestro país.

También se adapta el régimen sancionador a lo previsto en el Reglamento Europeo, en particular en lo referente al incumplimiento de las condiciones para importar gases fluorados de efecto invernadero y los equipos que los contienen.

Venta de aparatos y equipos con gases fluorados

Asimismo, en el caso de aparatos de aire acondicionado, equipos precargados de refrigeración y bombas de calor con gases fluorados, solo podrán venderse al usuario final cuando se garantice que la instalación será realizada por una empresa habilitada.

Finalmente, se incorporan los requisitos que han de cumplir las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados con el objetivo de que estos gases no se liberen a la atmósfera.

Otros datos relevantes sobre gases fluorados

Se debe tener en cuenta que hay gran cantidad de gases que contribuyen al agotamiento de la capa de ozono o al cambio climático. Estos son los Hidrofluorocarburos (HFC),  Perfluorocarburos (PFC), Clorofluorocarburos (CFC) y el Hexafluoruro de azufre SF6.

Este último, el SF6, tiene un potencial de cambio climático 22.200 veces superior al dióxido de carbono y nos puede servir como muestra de que en un contexto europeo y nacional se están realizando esfuerzos que trascienden acuerdos como el de Kigali del pasado año, donde los representantes de casi 200 países adoptaron un acuerdo sobre la eliminación progresiva de los Hidrofluorocarburos. En la actualidad, en nuestro país están comenzando a llegar al final de su vida útil muchos equipos eléctricos con SF6 que se instalaron hace varias décadas. Por esta razón, los gestores de residuos peligrosos suscribimos un acuerdo voluntario para la reducción de emisiones del gas SF6 con el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Oficina Española de Cambio Climático.

A este acuerdo también se sumaron fabricantes de equipos eléctricos, generadores y distribuidores de energía eléctrica, entre otros. El acuerdo tiene una vigencia comprendida entre 2015-2020 e incluye compromisos voluntarios para la reducción de emisiones de este gas SF6 en la fabricación de equipos, así como su uso en la distribución de energía eléctrica y en la gestión posterior de estos equipos una vez alcanzado el fin de su vida útil.

Otro hecho relevante en nuestro país relacionado con los gases fluorados fue hace tres años, cuando entró en vigor un nuevo impuesto sobre estos gases de efecto invernadero según su potencial de cambio climático. La implantación ha sido progresiva, ya que en 2014 fue el 33% de la cuota y en 2015 el 66 %. En 2016 no se alcanzó la tasa del 100% porque los Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 se prorrogaron en octubre de 2015. De forma general, el usuario de estos gases abona el impuesto en el momento de su adquisición, aunque tiene la posibilidad de recuperar o deducirse el importe del mismo si el residuo del gas refrigerante procedente de la instalación es entregado a un gestor autorizado para su reciclado, regeneración o destrucción. Por ello, es muy importante el correcto mantenimiento de los equipos que eviten fugas y emisiones accidentales.

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