Castilla-La Mancha, pionera en regular la economía circular en España
- 3114 lecturas
- 3114 lecturas
Por Laia Soriano-Montagut Jené, Terraqui
Mediante la Ley 7/2019, de 29 de noviembre, de Economía Circular de Castilla-La Mancha, se incorporan a su ordenamiento jurídico los principios de la economía circular con la finalidad de favorecer un crecimiento económico, la creación de empleo y la generación de condiciones que favorezcan un desarrollo sostenible desacoplado del consumo de recursos no renovables y de la producción de externalidades negativas.
Todo ello con el fin de cambiar los mecanismos de producción, distribución y consumo de bienes y servicios, reduciendo el consumo de materias primas, energía y recursos, y a su vez evitando emisiones y pérdidas materiales.
Se trata de la primera norma autonómica, con rango de ley, de carácter transversal, que integra los postulados de la economía circular. La norma se inspira en la Comunicación al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones de 2 de diciembre de 2015, titulada «Cerrar el círculo: un plan de acción de la UE para la economía circular» ; así como la Directivas (UE) 2018/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifican la Directiva 2000/53/CE relativa a los vehículos al final de su vida útil , la Directiva 2006/66/CE relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores y la Directiva 2012/19/UE sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos ; la Directiva (UE) 2018/850 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos; la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos ; y la Directiva (UE) 2018/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases.
El ámbito de aplicación de los principios alcanza todas las fases del ciclo de vida de un bien, producto o servicio e incide en los sectores relacionados con el agua, energía, industria, economía, comercio, consumo, educación, suelo y ordenación del territorio.
Los objetivos de la norma son los siguientes:
-
Promover un desarrollo económico sostenible en Castilla-La Mancha capaz de generar empleo de calidad, y propiciar las condiciones para un nuevo modelo económico en Castilla-La Mancha basado en los postulados de la economía circular.
-
Fomentar la transición hacia una economía hipocarbónica vinculada con el desarrollo sostenible, contribuyendo a la lucha contra el cambio climático y la transición energética, mediante la reducción del consumo de recursos y materias primas.
-
Reducir la generación de residuos y su carga contaminante, fomentando la prevención en origen, tratando de desmaterializar la economía y desvinculando el crecimiento económico del consumo de recursos.
-
Promover la valorización de los residuos como fuente de materias primas secundarias y desincentivar la generación de residuos que no puedan ser valorizables o integrados en el ciclo productivo.
-
Reducir las pérdidas y el desperdicio de alimentos en la cadena de producción y consumo promoviendo prácticas eficientes y de consumo responsable.
-
Favorecer la convergencia hacia el “mínimo vertido”, disminuyendo progresivamente la cantidad de residuos que se generan y se dirigen a mecanismos de eliminación o vertido.
-
Minimizar los riesgos para la salud humana y el medio ambiente por medio de una gestión eficiente y sostenible de los recursos.
-
Favorecer el cálculo de los servicios ecosistémicos que se ven envueltos en cada proceso productivo evitando la degradación o pérdida de los mismos.
-
Fomentar la investigación, el desarrollo y la innovación en los ámbitos de la economía circular, sobre todo en aquellos sectores prioritarios de la economía castellanomanchega.
-
Promover la información, la participación y la concienciación, fomentando una cultura de corresponsabilidad ambiental en el comportamiento diario de las personas consumidoras y de las administraciones.
-
Mejorar la calidad, transparencia y la accesibilidad de la información de las personas.
-
Aumentar la durabilidad de los productos, haciendo que su uso se mantenga durante el mayor tiempo posible, mediante la reutilización de los bienes o ciertas partes de los mismos, la reparación, dando una segunda vida a los productos y bienes deteriorados y la refabricación, cuando no sea posible utilizar el producto en su uso original.
-
Fomentar la valorización de los residuos, mediante el reciclaje, aprovechando los materiales que se encuentran en los mismos o aprovechando energéticamente los que no se puedan reciclar, cumpliendo la jerarquía en la gestión de residuos.
-
Optimizar el modo de organización industrial mediante una gestión eficaz de los stocks y de los flujos de materiales, energía y servicios.
-
Incentivar el cálculo de la huella de carbono, la huella hídrica y la huella ecológica en todas las actividades económicas.
Asimismo, la norma establece tres principios específicos para el desarrollo de la economía circular:
-
Optimizar el uso de los recursos mediante la prevención en el uso de materia y energía, y de la eco-concepción, que considera los impactos ambientales a lo largo del ciclo de vida de un producto, de un bien o de un servicio y los integra desde su concepción.
-
Preservar y mejorar el estado de los recursos naturales, mediante la desmaterialización de la economía y valorando la máxima eficiencia global en la toma de decisiones.
-
Fomentar la eficacia en el sistema social y económico tomando en consideración y revelando las externalidades que se generan en el conjunto de actuaciones humanas.
Los actores implicados de la economía circular, según la Ley, son las administraciones públicas, las empresas, y las personas consumidoras y usuarias de bienes, productos y servicios tanto a nivel individual como a través de sus organizaciones.
La Ley obliga a la consejería competente en materia de medio ambiente a elaborar la Estrategia de Economía Circular de Castilla-La Mancha en el plazo de 12 meses, con los departamentos competentes en agua, energía, industria, economía, hacienda, comercio, consumo, educación, suelo y ordenación del territorio. Esta estrategia se sujetará a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y deberá incluir un informe de la Oficina de Cambio Climático de Castilla-La Mancha que analice el impacto de dicho plan sobre la consecución de los objetivo establecidos en la Estrategia de Cambio Climático.
La Estrategia de Economía Circular abarcará al menos las áreas relacionadas con la gestión eficiente de los recursos, la producción, el consumo, los residuos y la innovación y deberá elaborar los mecanismos de aplicación para conseguir los objetivos que se establecen en la presente Ley. Asimismo, contemplará medidas transversales específicas relacionadas con la administración y el buen gobierno, especialmente con el fomento de la compra pública verde y la contratación pública circular, los recursos naturales (hídricos, suelo y biodiversidad), la investigación, el desarrollo y la innovación y la concienciación, formación y divulgación (educación para la sostenibilidad, consumo responsable y empleo verde) y medidas sectoriales específicas, relacionadas con la sostenibilidad local, la gestión de residuos, el sector agroalimentario y silvícola y el energético, industrial y turístico.
Por otro lado, la Ley establece incentivos económicos. A tal efecto, promoverá la creación de incentivos económicos directos o indirectos, financiados preferentemente con fondos europeos, para la reducción del despilfarro alimentario, insumos materiales y energéticos, incentivando también patrones de eficiencia y sostenibilidad en la fase de producción y de consumo. También se incentivará la implantación y la permanencia en territorio regional de empresas y actividades empresariales cuyo objeto se encuadre en el ámbito de la Economía Circular, mediante la adecuada baremación en las subvenciones o ayudas públicas y mediante la contratación del sector público regional.
Además de ello, se contiene la previsión del tributo por el que se grave el depósito de residuos industriales peligrosos, residuos industriales no peligrosos y residuos de construcción y demolición en vertedero, así como la reinversión de su recaudación en mejorar la gestión de los residuos y en llevar a cabo actuaciones contempladas en la planificación de gestión de residuos de Castilla-La Mancha conforme a los postulados de la economía circular.
Finalmente, la norma prevé la elaboración de normas técnicas para la determinación de las cuantías de las fianzas que se deban constituir cuando así lo exijan las normas que regulan la gestión de residuos peligrosos, otros específicos o las que regulan operaciones de gestión y/o eliminación de residuos.
Añadir que la aplicación e implementación de la Ley deberá ajustarse a las novedades normativas que puede implicar el Pacto Verde Europeo (Green Deal de la Unión Europea), las futuras Leyes de Cambio Climático y de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, y el resto de normas e instrumentos que incidan en la materia con el fin de alcanzar el desarrollo sostenible del territorio.
Así pues, a través de la presente norma pionera en regular la economía circular, de naturaleza integral y transversal, se pretende luchar contra el cambio climático y avanzar hacia una economía hipocarbónica en la región, con la consiguiente mejora del medio ambiente y, en consecuencia, de la vida y el bienestar de las personas. Sin embargo, habrá que esperar a la aprobación de la Estrategia de Economía Circular de Castilla-La Mancha para materializar los objetivos de la Ley y concretar las medidas específicas en los distintos ámbitos de actuación.